Zamora, Michoacán, julio 17 de 2022
El propósito de este texto es mostrar que las grandes empresas inmobiliarias, públicas y privadas, del comercio y los servicios, pueden no cumplir la reglamentación ambiental y/o de desarrollo urbano (reglamento de construcción) y “no pasa nada”. “No cumplir” es una forma de suave de expresar que esas empresas violan las leyes sin ser sancionadas.
El argumento se sustenta en lo que dicen y hacen (o han hecho) negocios privados, tipo Sentura; corporaciones de bienes de salvación, como la Asociación Pro Santuario Guadalupano; e instituciones públicas como el gobierno municipal de Zamora, Michoacán. Con el agravante de que éste es el responsable de supervisar que se acate la normatividad.
Así en la tierra …
Cuentan que en la época en que se construyó el motel ¿Del Real? ubicado por Madero, más delante de Sentura y antes del crucero del aeropuerto, esa zona estaba reservada sólo para obras de tipo agropecuario. La solución para otorgar la licencia de construcción fue el concepto “caballerizas”.
Eso parece broma, pero en otros casos la finalidad anunciada de una obra o de un plan es algo muy diferente a lo anunciado. Por ejemplo, para la Inmobiliaria Zamora Shopping Center S.A. de C.V. y el gobierno de Rosa Hilda Abascal Rodríguez- Carlos Alberto Soto Delgado que impulsaron el Plan Parcial Cerrito de Catipuato – La Rinconada sus propósitos eran tan bonitos como “mejorar el nivel de vida” de los pobladores de esas localidades y “proteger la atmósfera” . No era ese el objetivo, tampoco el establecer el “parque urbano municipal”, ni “el parque botánico”, menos el “zoológico”, esos eran los cuentos tras de los cuales, se trataba de Sentura y la devastación de tierras agrícolas en torno al libramiento norte.
La obra de Sentura fue suspendida el 27 de noviembre de 2015 por la Procuraduría Ambiental de Michoacán (PROAM) porque carecía de la manifestación de impacto ambiental. Tampoco contaba con la elemental licencia municipal de construcción. Pese a las irregularidades de “Liverpool” y a las propias del Plan Parcial que lo cobijó, las labores de cimentación, armado, etc. continuaron.
Tampoco las empresas que negocian con el paraíso celestial están exentas de cometer algunas faltas como demoler, excavar y construir sin apegarse a la normatividad de la construcción y de la preservación del medio ambiente. La prepotencia, derivada de su poder político y económico y de la creencia de que los servicios que ofertan son esenciales, les animan a hacer excavaciones para un estacionamiento subterráneo, a demoler el soporte estructural de lo que fuera la Casa de la Cultura e iniciar una obra de la cual no cuentan con licencia de construcción.
Para empezar, la Asociación Pro Santuario (Raúl Ventura Navarro), se encuentra en el curso de un juicio civil para que por jurisdicción voluntaria se le acredite la “posesión real y material del inmueble de forma pública, pacífica, continua y de buena fe” (Juicio Civil en materia civil 33/2021). El inmueble en referencia es un lote de 1,765.42 metros cuadrados localizado en la esquina de Ocampo y Niños Héroes, terreno donde estaba la Casa de la Cultura y que esta Asociación (Raúl Ventura Navarro) llama predio urbano ignorado”. En esa condición de “no registrado a favor de alguien en la Dirección de Catastro ni en el Registro Público de la Propiedad”, entonces Ventura Navarro pide se expida un certificado a favor de la Asociación.
Muy interesante: el clero se halla un terreno que no es de nadie. No se lo encuentran en un cerro, no en un desierto, si no en el mero centro comercial de Zamora; justo atrás del Santuario. Un lote sobre el que se realizó un fuerte inversión pública; un predio en el que se había (medio) construido la Casa de la Cultura; un inmueble donde existió algún contrato de agua y drenaje, un inmueble desde el que se contrataron servicios con la Comisión Federal de Electricidad, Teléfonos de México, etc. Resulta que no tiene dueño registrado.
¿De veras eso es real? ¿Es posible tanta suerte, hallar un bien mostrenco en el “corazón comercial” de Zamora.
Para enriquecer el surrealismo de los tratos poco transparentes entre el gobierno y la iglesia, ni el jefe de la Jurisdicción Sanitaria 02, Pavel García Morales, seguramente notificado por el Juez de Primera Instancia en materia civil el viernes 9 de abril de 2021 ni alguna autoridad estatal o municipal comparecen el 15 del mismo mes para presentar sus razones a favor del patrimonio público o para concluir formalmente un acto de cesión.
¿No comparecen al estilo de “no presentarse en la cancha y perder por default”?
La magia de los nexos entre políticos que malbaratan el patrimonio y/o miran hacia otro lado adquiere niveles de pesadilla en la práctica de omisión reiterada de la autoridad estatal y municipal: la construcción del estacionamiento subterráneo (oficinas, sanitarios, departamentos y dispensario) está suspendida por la dirección de planeación urbana de Zamora, pero los trabajos continúan.
¿Está suspendida? Sí, eso comunican las autoridades municipales. En el lenguaje que no dice lo que sucede, expresan: “No se está construyendo la obra; no se ha autorizado excavar a cinco metros; sólo se remueve, se rellena el terreno para evitar la proliferación de mosquitos. Entonces, las decenas de vehículos de transporte de materiales que entran y salen, la maquinaria y los trabajadores que demuelen los restos de la Casa de La Cultura, “no están construyendo, sólo rellenando; sólo preparan el suelo, sin construir”.
Efectivamente, no están construyendo, preparan el terreno para la cimentación.
El tercer caso a narrar es singular pues los responsables de supervisar que se cumplan las reglas, son quienes las ignoran. La historia es sencilla y casi increíble: el Buen Gobierno estaba feliz con la remodelación de la plaza principal, pero la obra fue suspendida por una omisión: no se solicitó autorización del Instituto Nacional de Antropología e Historia.
Al tratarse de un espacio histórico en colindancia con un edificio histórico y que su kiosko cuenta con elementos valiosos (barandales art Nouveau) es requisito contar con el visto bueno del Instituto (DOF, Ley Federal sobre Monumentos y zona arqueológicos, artísticos e históricos, 16-02-2018, artículo 6).
En oficio no. 401.12C6-2022/242, emitido por el Centro INAH, Michoacán, el 06-06-2022, se lee: “… este Centro INAH no ha emitido autorización para obra en el inmueble considerado por determinación de Ley como monumento histórico, conocido como plaza principal y/o plaza de armas (…) toda vez que el interesado (H. Ayuntamiento de Zamora) no ha realizado el trámite …”.
Eso es lo que ve “ve por encimita”, pero ¿Cómo se aprobó la inversión para la plaza? ¿Sí identifica el gobierno municipal las cualidades del patrimonio que custodia? Desde luego que no es una tarea sencilla para ningún gobierno conocer cabalmente el patrimonio que está a su cargo.
Todos tenemos obligaciones, pero
Ese “hacer o dejar hacer” lo comparo con las obligaciones que tiene cualquier ciudadano, pequeño comerciante o taller, para remodelar o construir su establecimiento y el riesgo (más real de ser suspendido y/o sancionado.
Sí, si Usted, estimado lector, tiene planes de construir una vivienda, hacer una remodelación a su casa o, por algún motivo, dejar escombro en la banqueta o arroyo de la calle, sabe que debe cumplir determinados requisitos debidamente establecidos en las normas de desarrollo urbano y reglamentos de construcción (Reglamento de Construcción, PO 66, martes 9 de abril de 2013).
Esto se torna más formal a medida que la ciudad crece, el tránsito de personas y vehículos aumenta y es indispensable ponernos de acuerdo porque la arena depositada en la calle causa molestias, su arrastre por la lluvia obstruye las coladeras del drenaje; si coloca una ventana desde la cual sea posible asomar a la recámara de la vecina o si obstruye la iluminación solar de otro, causará dificultades.
Para construir su casa Usted deberá cursar varios trámites y cada uno tiene un costo: constancia de alineamiento (precisión de límites para evitar conflictos con vecinos), número oficial vigente, permiso para depositar y/o (re)mover escombros, arena, piedra, excavar, etc., planos elaborados por personal certificado (de cimentación, armado de castillos y dalas, tuberías de agua y drenaje, cableado), constancia del pago de impuestos, servicios y derechos (predial, agua, saneamiento y drenaje), bitácora foliada (un cuaderno), constancia de “estar al corriente en sus obligaciones con la asociación de vecinos (no siempre), identificación oficial (credencial INE), mostrar escrituras libres de gravámenes y no sujetas a juicios (no adeudos de impuestos, no embargos, no juicios por testamentos, etc.).
Además (y no es cualquier “además”), ha de acatar los usos permitidos, prohibidos o condicionados que se prevén en los planes de zonificación (XXXII artículo 6, PO 9-04-2013), así como la fusión de predios colindantes (ibid L artículo 6) o la subdivisión (LXXXIX, PO 9-04-2013).
De los variados reglamentos de construcción, el más completo, tal vez no vigente se publicó en el periódico oficial núm. 66, el martes 9 de abril de 2013, en tiempos de la alcaldesa Rosa Hilda y Carlos Soto, síndico municipal.
Posdata: en el Santuario como en el kiosko de la Plaza Principal no cumplir con las reglas de construcción y medio ambiente, no tiene consecuencias para los ejecutores, pero dada la posición del gobierno bien haría intentando atender su función como garante del cumplimiento de la Ley.
Jlseefoo@hotmail.com
Edición: Leticia E. Becerra Valdez
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